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RESOLUCIÓN 240 DE 2006


RESOLUCIÓN 240

25 SET 2006

 

“Por la cual se adopta el Código de Ética en el Archivo General de la Nación”

El Director General del Archivo General de la Nación en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 13 del Acuerdo 17 de 2001.

CONSIDERANDO:

  • Que el artículo primero de la Constitución Política señala que la República de Colombia es un Estado social de derecho, fundado en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.
  • Que el artículo segundo de la Constitución Política establece como fines del Estado, entre otros, servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución.
  • Que la Constitución Política en su Artículo 209 determina que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.
  • Que el articulo 64 de la ley 190 de 1995 dispone que todas las entidades públicas tendrán un programa de inducción para el personal que ingrese a la entidad, y uno de actualización cada dos años, que contemplarán -entre otros- las normas sobre inhabilidades, incompatibilidades, las normas que riñen con la moral administrativa, y en especial los aspectos contenidos en esta Ley.
  • Que el Modelo Estándar de Control Interno para el estado Colombiano, adoptado a través del Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005, desarrolla como uno de los elementos de control, los acuerdos, compromisos o protocolos éticos, como parte del componente ambiente de control, del Subsistema de Control Estratégico.
  • Que el Archivo General de la Nación manifiesta su clara disposición a autorregularse, para lo cual se compromete a encaminar sus actividades de conformidad con los principios enunciados en la Constitución, las demás normas vigentes, el presente Código de Ética, orientándose hacia una gestión íntegra, con principios y valores éticos frente a todos sus grupos de interés. Dado lo anterior, es de vital importancia para el mejoramiento de la imagen del AGN adoptar principios y valores a través de un código de ética el cual se constituirá en una herramienta para alcanzar los fines del estado
  • Que todas las dependencias del Archivo General de la Nación, presentaron sus aportes frente a los valores y principios éticos que deben regir al interior de la entidad, los cuales fueron aprobados en el Comité de Control Interno, celebrado el 23 de junio de 2006, mediante Acta Nº 4.
  • Que para la implementación de esta nueva filosofía y herramienta organizacional, se acogieron los principios constitucionales ya referidos, además de valores abstractos que rigen las acciones del ser humano, entendiendo que su aplicación y cumplimiento no está sujeta a una norma objetiva, sino que está condicionada a la conducta moral de los individuos que sean exigidas y aprobadas por la sociedad.

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO.- Adoptar el Código de Ética para el Archivo General de la Nación el cual será observado y aplicado por todos los servidores públicos de la entidad en el desarrollo de las diferentes actividades y funciones encaminadas al cumplimiento de los fines institucionales, atendiendo lo siguiente: Glosario de términos, objetivos, ámbito de aplicación, valores y principios éticos.

GLOSARIO DE TÉRMINOS

Principios Éticos: Creencias básicas sobre la forma correcta como debemos relacionamos con los otros y con el mundo, desde las cuales se erige el sistema de valores éticos al cual la persona o el grupo se adscriben.

Valor Ético: Forma de ser y de actuar de las personas que son altamente deseables como atributos o cualidades propias y de los demás, por cuanto posibilitan la construcción de una convivencia gratificante en el marco de la dignidad humana. Los valores éticos se refieren a formas de ser o de actuar para llevar a la práctica los principios éticos.

Código de Ética: Documento de referencia para gestionar la ética en el día a día de la entidad. Está conformado por los Principios, Valores y Directrices que en coherencia con el Código de Buen Gobierno, todo servidor público de la entidad debe observar en el ejercicio de su función administrativa.

Comité de Buen Gobierno: instancia encargada de ejercer la veeduría sobre el cumplimiento del Código de Buen Gobierno, y el facultado en el tema de la prevención y manejo de los conflictos de interés dentro de la entidad.

Comité de Ética: instancia organizacional encargada de promover y liderar el proceso de implantación de la gestión ética para entidades del Estado, encauzado hacia la consolidación del ejercicio de la función pública en términos de eficacia, transparencia, integridad y servicio a la ciudadanía, por parte de todos los servidores públicos de la entidad.

Conflicto de Interés: situación en virtud de la cual una persona, en razón de su actividad, se encuentra en una posición en donde podría aprovechar para sí o para un tercero las decisiones que tome frente a distintas alternativas de conducta.

OBJETIVOS:

  • Aplicar una filosofia organizacional basada en principios y valores en la entidad, que promueva un activo compromiso y puntualice el comportamiento laboral de los servidores públicos del Archivo General de la Nación en el cumplimiento de sus funciones dentro y fuera de la entidad.
  • Formalizar una cultura organizacional que contribuya a la prestación de un servicio de calidad, confiable y efectivo, en el desarrollo de las funciones encomendadas a los servidores públicos del Archivo General de la Nación.
  • Fortalecer el ambiente organizacional y laboral al interior del Archivo General de la Nación
  • Fortalecer las buenas relaciones humanas y laborales internas y externas de los servidores públicos del Archivo General de la Nación
  • Evitar conductas que atenten contra el mejoramiento continuo del Archivo General de la Nación y su buena imagen
  • Reforzar los valores, principios, comportamientos y parámetros establecidos en la sociedad que hacen posible la convivencia en armonía.

ÁMBITO DE APLICACION

Los principios y valores que expresan a continuación serán observados, considerados y cumplidos por todos los servidores públicos y contratistas que presten sus servicios en la entidad.

 

VALORES Y PRINCIPIOS ETICOS

CÓDIGO DE ÉTICA DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN
VALOR DESCRIPCIÓN
1 JUSTICIA Igualdad de derechos con todos.
2 RESPETO Estimar y considerar los derechos propios y los de
los demás, valorando las cualidades de los otros y
el entorno que nos rodea.
3 TOLERANCIA Aceptar, comprender y tratar a los demás
observando las normas de convivencia
4 SERVICIO Entrega y dedicación constante. Disposición para
atender con calidad a todos nuestros usuarios
5 HUMILDAD Actitud de aceptar y corregir mis errores con la
ayuda de otros.
6 COMPROMISO Disposición para asumir los objetivos estratégicos
de la entidad, entregando lo mejor de sí mismo.
7 LEALTAD Fidelidad en el trato y en el desempeño del cargo.
8 HONESTIDAD Actuar con transparencia y honradez en cada uno
de nuestros actos.
9 SOLIDARIDAD Cooperación mutua para el logro de objetivos
comunes.
10 RESPONSABILIDAD Capacidad de responder por mis actos y de asumir
las consecuencias de los mismos.
11 PRUDENCIA Sensatez y buen juicio.
12 CONFIANZA Seguridad en sí mismo y en los demás.
13 PARTICIPACIÓN Compartir. Abrir espacios para que otros hagan
parte de una actividad, o movilizarse para tomar
parte de ella.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Divulgación del Código Ética

El Código de Ética del Archivo General de la Nación, se divulgará a los nuevos servidores públicos de la entidad al momento de su ingreso y contratistas, a través del Grupo de Talento Humano del AGN.

Parágrafo. La Unidad de Coordinación de Control Interno será la encargada, de ilustrar y afianzar el presente código de ética con fundamento en el autocontrol a todos los servidores públicos de la entidad, y grupos de interés, a través de medios de difusión impresos, electrónicos, talleres y charlas, entre otros con el fin de obtener amplia publicidad y cabal observancia.

ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C. a los 25 SET. 2006

 

 

 

LÁZARO RAFAEL MEJÍA ARANGO

Director General

 

 

Proyectó : Maria Patricia Lozano Peña, Secretaria General