ACUERDO No. 0003
(29 ENE. 2009)
” Por el cual se modifican los Acuerdos 07 del 29 de junio de 1994 y 006 del 07 de
febrero de 1996 que crean el Comité Evaluador de Documentos del Archivo General de la Nación y le asigna funciones”.
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN
En uso de sus facultades legales, en especial las que le otorga la Ley 80 de 1989,
la Ley 489 de 1998, y el Acuerdo 017 de 2001.
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo 017 de 2001 establece las funciones del Consejo Directivo del Archivo General de la Nación, y entre el las se encuentra la de formular a propuesta del Representante Legal, la política de mejoramiento continuo de la Entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.
Que mediante los Acuerdos 07 del 29 de junio de 1994 y 06 de 1996 se creó el Comité Evaluador de Documentos y se le asignó entre otras funciones la de asesorar a la Junta Directiva del AGN, ahora Consejo Directivo, en virtud del Decreto 1126 de 1999, para la aprobación o improbación de las Tablas de Retención Documental que le presenten las entidades públicas a su consideración o estudio y hacer estudios previos de las solicitudes
de eliminación documental, presentadas por los archivos de los organismos nacionales.
Que el Consejo Directivo del Archivo General de la Nación delegó en el Director General del Archivo General de la Nación la función de aprobar las Tablas de Retención Documental y las Tablas de Valoración Documental según lo preceptúa el Acuerdo 0011 del 28 de agosto de 2008.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. – El Artículo segundo del Acuerdo 06 de 1996 “Por el cual se crea el
Comité Evaluador de Documentos del Archivo General de la Nación”, quedará así:
“ARTICULO 2º. INTEGRACIÓN. El Comité Evaluador de Documentos del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN, estará conformado por:
PARAGRAFO PRIMERO: La Entidad responsable de las Tablas de Retención Documental
y/o Tablas de Valoración Documental objeto de evaluación, asistirá en calidad de invitado, acompañado por el equipo técnico que elaboro dicha Tabla.
PARAGRAFO SEGUNDO: Cuando la naturaleza del asunto lo requiera, el comité podrá
invitar a los funcionarios o especialistas que considere del caso.
ARTÍCULO SEGUNDO. – E l artículo 3° del Acuerdo 06 de 1 996 ” Por el cual se crea el Comité Evaluador de Documentos del Archivo General de la Nación”, quedarán así:
ARTICULO 3°. FUNCIONES. Serán funciones del Comité Evaluador de Documentos:
ARTICULO TERCERO. – VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de su expedición y modifica en lo pertinente el parágrafo del artículo 1 8 del Acuerdo 07 de 1 994 y los artículos segundo y tercero del Acuerdo 006 de 1996.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C, el 29 ENE 2009
MARTHA ELENE BEDOYA RENDÓN
Presidente
ÁLVARO ARIAS CRUZ
Secretario Técnico